La sentencia SU 545 de 2023, notificada el 9 de abril de 2024, tuteló los derechos fundamentales de las comunidades campesinas vinculadas al PNIS en los municipios de Tibú y Sardinata, en el departamento de Norte de Santander, población que ha sufrido consecuencias socioeconómicas y humanitarias como consecuencia de los retrasos e incumplimientos de los componentes del programa. El núcleo Caño Indio en Tibú, conformado por cuatro veredas, es el primer plan piloto de sustitución en el departamento, con 347 familias beneficiarias que llevan siete años esperando la implementación del proyecto productivo y la formalización de la tierra, componentes fundamentales para garantizar la transición a cultivos legales.
En el año 2020, la Corporación Colectivo de Abogados Luis Carlos Pérez- CCALCP, en acompañamiento de la Asociación Campesina del Catatumbo- Ascamcat y la Coccam Tibú, interpuso acción de tutela para el amparo de los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana, mínimo vital, principio de confianza legítima, igualdad, al trabajo, participación ciudadana, al cumplimiento de lo acordado en el punto 4 del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, seguridad personal, el derecho a defender los derechos humanos, y garantizar el cumplimiento de la obligación de cumplir de buena fe con lo establecido en el Acuerdo Final, en favor de población campesina beneficiaria del Programa Nacional Integral de Cultivos de Uso Ilícito- PNIS y exigibilidad del cumplimiento en la implementación integral con los puntos 1 y 3.4., respectivamente relacionados con la Reforma Rural Integral frente a la formalización de sus predios, y la seguridad para liderazgos y comunidades. Lo anterior, en atención a las documentaciones realizadas durante los años 2018 y 2019 frente a la crisis humanitaria y socioeconómica generada con los retrasos e incumplimiento a los proyectos productivos de más de 61 núcleos familiares del plan piloto veredal núcleo Caño Indio.